Site Owner
Entrada del blog por Site Owner
Extracto de la Resolución SEPS-IGT-IGS-IGJ-INR-INSESF-INFMR-INGINT-2025-0144
Buen Gobierno Cooperativo: fortaleciendo la confianza en el sector solidario
La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) emitió la Resolución No. SEPS-IGT-IGS-IGJ-INR-INSESF-INFMR-INGINT-2025-0144, que establece lineamientos obligatorios de Buen Gobierno Cooperativo para las cooperativas de ahorro y crédito, mutualistas y cajas centrales.
Para fortalecer la transparencia, la democracia interna y la sostenibilidad de las entidades financieras populares y solidarias.
1. Principios rectores
La norma se apoya en valores universales del cooperativismo: ética, transparencia, rendición de cuentas, igualdad, no discriminación, eficiencia, responsabilidad social, innovación, resiliencia y autogestión. Estos principios deben ser la guía de toda gestión.
2. Reglamento de Buen Gobierno
Cada entidad debe contar con un reglamento que incluya:
- Estructura de gobierno (asamblea, consejos, comités, auditorías, control de riesgos).
- Reglas para elecciones, remoción de autoridades y designación del gerente.
- Políticas de remuneraciones, capacitación continua y mecanismos de rendición de cuentas.
- Definición de infracciones y sanciones.
3. Órganos de gobierno
- Asamblea o Junta General: máximo órgano de decisión, con períodos de hasta 4 años y sin prórrogas. Garantiza la participación democrática de los socios.
- Consejo de Administración: dirige la estrategia, aprueba planes de sucesión para cargos críticos y supervisa a la gerencia.
- Consejo de Vigilancia: controla la gestión económica y de riesgos, propone auditores y vela por la transparencia.
- Gerencia: responsable de la gestión operativa, inclusión financiera, educación de socios y prevención del sobreendeudamiento.
4. Talento humano y formación
Se exige una política de talento humano basada en mérito e igualdad. Toda persona que ingrese a un órgano de gobierno, dirección o control deberá pasar por inducción obligatoria. Además, los directivos y socios recibirán formación continua en cooperativismo, ética y gestión.
5. Control interno y auditorías
Las entidades deben contar con un sistema de control interno preventivo y documentado, que incluya:
- Auditor interno y auditor externo independientes.
- Informes periódicos a la Asamblea.
- Canales formales de rendición de cuentas y retroalimentación de socios.
6. Comisiones y comités
Se crean órganos de apoyo técnico obligatorios:
- Comisión de Educación: fomenta la formación en cooperativismo y educación financiera.
- Comisión de Resolución de Conflictos: atiende denuncias y reclamos internos, con debido proceso.
- Comité de Buen Gobierno: evalúa prácticas de gobernanza y recomienda mejoras.
- Comité de Elecciones: garantiza procesos electorales democráticos e imparciales.
7. Código de Ética
Obligatorio en todas las entidades, debe abordar: prevención de conflictos de interés, anticorrupción, transparencia en captación de recursos, igualdad y no discriminación, manejo responsable de información y principios de integridad. Su cumplimiento será vigilado por la Comisión de Resolución de Conflictos.
8. Transparencia e información pública
Las entidades deberán publicar en su página web: misión, visión, estatutos, código de ética, normativa electoral, productos y servicios, estados financieros y distribución de excedentes. También se incluyen indicadores de buen gobierno (número de socios, sesiones, capacitación, reclamos, composición de órganos, entre otros).
9. Infracciones y sanciones
Se clasifican en leves, graves y muy graves, dependiendo del nivel de afectación a la entidad o a la participación democrática. El reglamento interno debe definir procedimientos disciplinarios con respeto al debido proceso.
10. Plan de viabilidad
Cada entidad deberá elaborar un plan anual de viabilidad para anticipar escenarios de riesgo e incluir medidas como reducción de riesgos, capitalización, fusiones y ajustes estratégicos. El objetivo es proteger los recursos de los depositantes.
11. Disposiciones adicionales
- Se prohíbe el nepotismo en cargos directivos y la contratación con familiares cercanos.
- Se sanciona la reunión externa de directivos con proveedores.
- Se otorgan plazos de adecuación: hasta el 31 de diciembre de 2025 para adaptar reglamentos, y hasta abril de 2026 para ajustar los códigos de ética.
Esta norma marca un nuevo estándar para el sector financiero popular y solidario en Ecuador. Más que un marco legal, es una guía para instituciones más transparentes, inclusivas y responsables, donde los socios participan activamente y las decisiones se toman en función del interés colectivo.
Referencia:
SEPS. (05 de Septiembre de 2025). RESOLUCIÓN No. SEPS-IGT-IGS-IGJ-INR-INSESF-INFMR-INGINT-2025-0144. Obtenido de https://www.seps.gob.ec/wp-content/uploads/RESOLUCIO%CC%81N_No._SEPS-IGT-IGS-IGJ-INR-INSESF-INFMR-INGINT-2025-0144-signed.pdf